
Petro emite decreto de consulta popular sin aval del Senado
El presidente Gustavo Petro firmó el decreto que convoca oficialmente a una consulta popular para el próximo 7 de agosto, fecha simbólica por conmemorar la Batalla de Boyacá. La decisión, tomada pese al rechazo del Senado, genera un nuevo escenario político y jurídico en el país.
La firma del decreto fue interpretada como un desafío institucional, ya que el Senado negó la solicitud de concepto favorable el pasado 14 de mayo. Aun así, el presidente procedió con la convocatoria, conocida en redes como el “decretazo”.
La legalidad de la consulta está en disputa
Mientras sectores políticos advierten que la acción podría ser anulada por el Consejo de Estado, el Gobierno sostiene que la Corte Constitucional es la encargada de revisar el decreto. En medio del debate, lo cierto es que el decreto entrará en vigencia una vez sea publicado en el Diario Oficial.
La Registraduría Nacional del Estado Civil recibirá la notificación para organizar el proceso. Sin embargo, su jefe, Hernán Penagos, aún no ha anunciado si actuará de inmediato o esperará un fallo judicial que aclare el panorama legal.
Las reglas del juego: participación mínima y efectos jurídicos
Según la Ley 134 de 1994, la consulta solo será vinculante si vota al menos una tercera parte del censo electoral, es decir, 13.6 millones de personas. Además, cada pregunta necesita más de 6.8 millones de votos afirmativos.
Si el umbral se alcanza y las mayorías respaldan las propuestas, el Congreso deberá legislar conforme a lo aprobado. Si no lo hace, el Presidente que esté en funciones a partir de 2027 podrá emitir decretos con fuerza de ley.
Desafíos logísticos y jurídicos
Con menos de dos meses para organizar la consulta a nivel nacional, expertos advierten sobre las dificultades técnicas y legales que enfrenta la Registraduría. El proceso, de avanzar, se convertirá en uno de los ejercicios democráticos más tensos de los últimos años en Colombia.