
Decreto revoluciona reparto de tutelas
El 9 de julio de 2025, el ministro de Justicia, Luis Eduardo Montealegre Lynett, emitió el Decreto 799 de 2025, que transfiere las tutelas contra el presidente Gustavo Petro del Consejo de Estado a los jueces de circuito en primera instancia.
¿Qué cambia realmente?
Antes, el Decreto 333 de 2021 dictaba que las tutelas contra actos presidenciales debían gestionarse directamente en el alto tribunal. Ahora, cualquier juez de circuito podrá conocerlos primero.
Justificación legal del Ejecutivo
Montealegre señala que el cambio fortalece el principio de desconcentración funcional y la imparcialidad estructural, evitando que el mismo tribunal revise y luego controle legalmente los actos presidenciales.
Consejo de Estado advierte riesgos
El presidente del Consejo de Estado, magistrado Luis Alberto Álvarez, criticó la medida como “inconveniente y carente de sustento legal”. Señaló que modificar competencias judiciales por decreto viola la Ley 1437 de 2011.
Oposición anuncia demandas
La senadora María Fernanda Cabal (Centro Democrático) anunció una demanda aquí debido a la alteración del principio de juez natural frente al presidente. La representante Katherine Miranda calificó esto como un “atentado institucional”.
Apoyos en el Congreso
En defensa del decreto, el ministro Edwin Palma justificó la reforma como una vuelta al reparto judicial anterior a 2021, aplicado durante el Gobierno de Duque.
Alcance y vigencia
El Decreto 799 modificó el artículo de Decreto 1069 de 2015 y derogó el numeral 12 del artículo 2.2.3.1.2.1. Entró en vigencia un día después de su publicación, sin ajustar los controles en segunda instancia.
Implicaciones institucionales
Analistas advierten sobre la tensión creciente entre el Ejecutivo y las altas cortes. La medida podría redefinir parcialmente el equilibrio de poderes en Colombia.
¿Qué sigue?
Las altas cortes y actores políticos estudiarán la demanda anunciada. El futuro de este decreto dependerá de su interacción con la Corte Constitucional y la jurisprudencia administrativa.