jueves, abril 10

¡Atención! Declaración de Renta 2024 para Personas Naturales: Descubra si Debe Declarar y el Calendario

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Fuente: 123RF

Fechas Claves para la Declaración de Renta 2024

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado el calendario tributario para la presentación de la declaración de renta de personas naturales en 2024. El proceso se llevará a cabo entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, fechas que deben ser tenidas en cuenta por todos aquellos que cumplan con los requisitos para declarar.

¿Quiénes Deben Declarar?

Este impuesto se aplica a personas naturales y se calcula en función de sus ganancias anuales. Para determinar si usted debe presentar la declaración de renta este año, es necesario revisar los siguientes topes establecidos para el 2023:

  • Patrimonio Bruto: Si su patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2023 supera los $190.854.000.
  • Ingresos Brutos: Si sus ingresos totales durante el 2023 son iguales o superiores a $59.376.800.
  • Consumos con Tarjeta de Crédito: Si los consumos realizados con tarjeta de crédito en el año 2023 superan los $59.376.800.
  • Compras y Consumos: Si sus compras y consumos durante el 2023 exceden los $59.376.800.
  • Consignaciones Bancarias: Si las consignaciones bancarias o depósitos en cuentas financieras en el año 2023 superan los $59.376.800.

Importancia de Cumplir con la Obligación

Declarar la renta es un proceso obligatorio que permite a la DIAN conocer los ingresos, deducciones y patrimonio obtenidos durante el año anterior. Este trámite es fundamental para que el Estado colombiano determine si una persona debe pagar impuestos. No cumplir con esta obligación puede resultar en multas y sanciones, por lo que es crucial estar informado y seguir el calendario establecido.

Calendario Tributario 2024

El calendario para la declaración de renta varía según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT). Aquí están las fechas clave:

  • 12 de agosto: Dígitos 01 y 02
  • 13 de agosto: Dígitos 03 y 04
  • 14 de agosto: Dígitos 05 y 06
  • 15 de agosto: Dígitos 07 y 08
  • 16 de agosto: Dígitos 09 y 10
  • 20 de agosto: Dígitos 11 y 12
  • 21 de agosto: Dígitos 13 y 14
  • 22 de agosto: Dígitos 15 y 16
  • 23 de agosto: Dígitos 17 y 18
  • 26 de agosto: Dígitos 19 y 20
  • 27 de agosto: Dígitos 21 y 22
  • 28 de agosto: Dígitos 23 y 24
  • 29 de agosto: Dígitos 25 y 26
  • 2 de septiembre: Dígitos 27 y 28
  • 3 de septiembre: Dígitos 29 y 30
  • 4 de septiembre: Dígitos 31 y 32
  • 5 de septiembre: Dígitos 33 y 34
  • 6 de septiembre: Dígitos 35 y 36
  • 9 de septiembre: Dígitos 37 y 38
  • 10 de septiembre: Dígitos 39 y 40
  • 11 de septiembre: Dígitos 41 y 42
  • 12 de septiembre: Dígitos 43 y 44
  • 13 de septiembre: Dígitos 45 y 46
  • 16 de septiembre: Dígitos 47 y 48
  • 17 de septiembre: Dígitos 49 y 50
  • 18 de septiembre: Dígitos 51 y 52
  • 19 de septiembre: Dígitos 53 y 54
  • 20 de septiembre: Dígitos 55 y 56
  • 23 de septiembre: Dígitos 57 y 58
  • 24 de septiembre: Dígitos 59 y 60
  • 25 de septiembre: Dígitos 61 y 62
  • 26 de septiembre: Dígitos 63 y 64
  • 27 de septiembre: Dígitos 65 y 66
  • 1 de octubre: Dígitos 67 y 68
  • 2 de octubre: Dígitos 69 y 70
  • 3 de octubre: Dígitos 71 y 72
  • 4 de octubre: Dígitos 73 y 74
  • 7 de octubre: Dígitos 75 y 76
  • 8 de octubre: Dígitos 77 y 78
  • 9 de octubre: Dígitos 79 y 80
  • 10 de octubre: Dígitos 81 y 82
  • 11 de octubre: Dígitos 83 y 84
  • 15 de octubre: Dígitos 85 y 86
  • 16 de octubre: Dígitos 87 y 88
  • 17 de octubre: Dígitos 89 y 90
  • 18 de octubre: Dígitos 91 y 92
  • 21 de octubre: Dígitos 93 y 94
  • 22 de octubre: Dígitos 95 y 96
  • 23 de octubre: Dígitos 97 y 98
  • 24 de octubre: Dígitos 99 y 00

Asegúrese de revisar si cumple con alguno de los topes mencionados para saber si debe declarar este año. Recuerde que el incumplimiento de esta obligación puede traer consigo sanciones significativas. Manténgase informado y consulte el calendario tributario para no perder las fechas importantes.

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