
La decisión revoca el reconocimiento otorgado por el CNE
El Consejo de Estado anuló la personería jurídica del movimiento político Soy Porque Somos, argumentando que la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) no cumplió con los requisitos constitucionales y legales. El fallo afecta la participación política de esta agrupación y su acceso a beneficios estatales.
¿Por qué se anuló la personería?
El proceso inició por una demanda interpuesta por Ximena Echavarría Cardona, quien cuestionó la Resolución 16439 del 13 de diciembre de 2023, en la que el CNE otorgó la personería al movimiento. La demandante alegó que la decisión violaba los artículos 108 y 262 de la Constitución y la Ley 1475 de 2011, ya que Soy Porque Somos no alcanzó el 3% del umbral de votación exigido.
Echavarría también argumentó que el reconocimiento del partido se basó en una interpretación errónea del Acuerdo de Paz de 2016. Según su postura, este acuerdo no puede ser utilizado para otorgar personería a partidos que no cumplen con las condiciones establecidas en la legislación electoral.
Doble militancia, otro punto clave
Otro de los argumentos que sustentaron la demanda fue la presunta doble militancia. Según el fallo, los candidatos de Soy Porque Somos, incluyendo a Francia Márquez Mina, fueron avalados por el Polo Democrático Alternativo (PDA) dentro de la coalición Pacto Histórico. Esto significaría que no podían recibir una personería independiente, ya que la ley prohíbe la coexistencia de avales dentro de distintos partidos en un mismo proceso electoral.
El argumento de “Soy Porque Somos”
El movimiento alegó que su reconocimiento como partido obedecía a su participación en las elecciones presidenciales y legislativas de 2022. También resaltaron su rol en la elección de Francia Márquez como vicepresidenta y de Dorina Hernández Palomino como representante a la Cámara.
Además, la defensa destacó que su trayectoria política inició en 2017, con una estructura consolidada y una plataforma programática enfocada en la representación de comunidades afrodescendientes, raizales y palenqueras.
El fallo del Consejo de Estado
Luego de evaluar los argumentos, el Consejo de Estado determinó que el CNE excedió sus competencias al otorgar la personería sin que se cumplieran los requisitos constitucionales. También aclaró que los votos obtenidos dentro de una coalición no pueden ser usados para justificar el reconocimiento de un partido independiente.
El tribunal enfatizó que el Acuerdo de Paz de 2016 no puede servir como mecanismo para evitar requisitos electorales, ya que debe aplicarse dentro del marco legal vigente. Con esta decisión, Soy Porque Somos queda sin reconocimiento oficial como partido político.