
Consejo de Estado deja en firme la pérdida de investidura
El Consejo de Estado dejó en firme la pérdida de investidura del concejal de Itagüí, Daniel Esteban González, una decisión que pone fin al proceso judicial iniciado por una presunta violación al régimen de conflicto de intereses. Con este fallo, el corporado pierde definitivamente su curul y, además, queda imposibilitado para aspirar nuevamente a cargos de elección popular, una consecuencia de gran impacto dentro del escenario político del municipio.
La sentencia ratifica la decisión que había adoptado el Tribunal Administrativo de Antioquia en noviembre del año pasado y concluye que González incurrió en una conducta incompatible con las obligaciones que la ley impone a los miembros de los concejos municipales cuando existe un interés particular relacionado con un familiar.
La determinación del alto tribunal marca un precedente sobre el deber de los servidores públicos de declararse impedidos cuando las decisiones sometidas a votación puedan beneficiar a personas con quienes mantienen vínculos familiares.
El reconocimiento al senador originó el proceso
El caso tuvo origen en la participación del entonces concejal durante el trámite del reconocimiento “Itagüiseño de Oro”, una distinción concedida al senador Carlos Trujillo, quien además es primo de Daniel Esteban González.
Según el expediente judicial, el concejal intervino en la sesión realizada el primero de agosto de 2025, cuando se presentó la proposición para otorgar el reconocimiento. Posteriormente participó en la ratificación de la votación el tres de agosto y también asistió al acto oficial de entrega de la distinción el catorce de agosto del mismo año.
Para el Consejo de Estado, estas actuaciones demostraron que el corporado participó activamente en un procedimiento respecto del cual debía apartarse por la relación de parentesco existente con el homenajeado.
Los demandantes cuestionaron la ausencia de impedimento
La actuación judicial nació a partir de las demandas presentadas por los ciudadanos Andrés Julián Rodas Vidal y Martha Lucía Betancur Pérez, quienes solicitaron la pérdida de investidura al considerar que el concejal desconoció el régimen de conflicto de intereses.
Los accionantes sostuvieron que González nunca manifestó impedimento durante el trámite del reconocimiento, pese a que el beneficiario era su primo. En consecuencia, argumentaron que incumplió el deber legal de informar oportunamente a la corporación sobre la existencia de un interés que comprometía su imparcialidad.
El Consejo de Estado acogió esos argumentos y recordó que el artículo 70 de la Ley 136 de 1994 obliga a los concejales a poner en conocimiento de la corporación cualquier situación que pueda constituir un conflicto de intereses antes de participar en las deliberaciones y votaciones.
El alto tribunal encontró configurada la falta
En la sentencia, el Consejo de Estado concluyó que Daniel Esteban González omitió declararse impedido pese a la existencia de un parentesco dentro de los grados establecidos por la ley. Tanto el Tribunal Administrativo de Antioquia como el alto tribunal coincidieron en que existía un interés particular relacionado con un integrante de su familia.
Los magistrados determinaron que la conducta reunió los elementos objetivos y subjetivos exigidos para decretar la pérdida de investidura, razón por la cual confirmaron íntegramente la decisión adoptada en primera instancia.
Además de perder su curul en el Concejo de Itagüí, el exconcejal queda inhabilitado para volver a participar como candidato en procesos de elección popular, una consecuencia que genera repercusiones dentro del panorama político local y que varios sectores interpretan como un golpe al entorno político del senador Carlos Trujillo.
